Entorno Fiscal PDF
 
Principales impuestos
           
            Impuesto de Sociedades (IS)
 
 
 
 Impuesto de sociedades (IS)
 
 
El Impuesto sobre Sociedades (IS) se aplica a las entidades residentes fiscales en España.
En general: Base imponible = resultado contable ± determinados ajustes extracontables que señala la Ley del IS (LIS).
En España el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades (IS) se ha reducido en los últimos años. Así, para períodos impositivos iniciados a partir del uno de enero de 2008 se aplica el 30%, y tipos de gravamen más reducidos en determinados casos como, por ejemplo, las entidades de reducida dimensión.
 
 
 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (IRPF)
 
 
El IRPF se aplica a personas físicas residentes fiscales en España. Los contribuyentes por este impuesto tributan por su renta mundial.
 
El contribuyente tiene su residencia en territorio español cuando permanece más de 183 días, durante un año natural, en territorio español, o cuando se encuentre en España el núcleo principal de sus actividades empresariales o profesionales o de sus intereses económicos.
 
La reciente reforma fiscal define que base imponible comprende una parte general y la denominada base del ahorro:
 
La base del ahorro está constituida, por un lado, por el resultado positivo de integrar los rendimientos del capital mobiliario y por otro, por el resultado positivo de integrar las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales. la base del ahorro se gravará a un tipo del 18%.
 
La parte general de la base imponible está constituida, por un lado, por el resultado de integrar entre sí el resto de las rentas (rendimientos del trabajo, de actividades económicas o profesionales, del capital inmobiliario, etc.) y por otro, por el resultado de integrar el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales no integradas en las base del ahorro (por ejemplo, premios).
 
En cuanto a los tipos impositivos, se establece una escala general y otra autonómica del impuesto; el tipo mínimo conjunto, para rentas hasta 17.360, es del 24% y el marginal conjunto, para rentas superiores a los 52.360 euros, es el 43%.
 
 
 Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Doumentales (TP / AJD)
 
 
Este impuesto es obligatorio par un número determinado de operaciones como se reflejan en la tabla siguiente:
 
TIPO DE OPERACIÓN
TIPO APLICABLE
Operaciones societarias tales como la constitución y ampliación/reducción de capital de Sociedades, etc.
1%
Transmisión de inmuebles
6%
Transmisión de muebles y concesiones administrativas
4%
Ciertos derechos reales
1%
Ciertas escrituras públicas
0,5%
 
 
 Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
 
 
El tipo general es del 18%, aplicable a la mayoría de las entregas de bienes y prestaciones de servicios. Existe un tipo reducido del 8% aplicable a determinadas entregas de bienes y algunos servicios. Esxite también un tipo superreducido del 4% aplicable entre otros a alimentos de primera necesidad, libros, periódicos y revistas, o ciertas viviendas de protección oficial.
 
Determinadas operaciones quedan exentas del impuesto (por ejemplo, operaciones financieras y de seguros, servicios médicos o servicios docentes).
 
 
 
 
Joomla Templates by JoomlaShack Joomla Templates by Compass Design